Trámite | MID-FTM-199

Finanzas y Tesorería
Modalidad:
100% Presencial

Certificado de no adeudar Impuesto Predial

Descripción

Resolutivo

Certificado de no adeudar Impuesto Predial

Vigencia del resolutivo

A la fecha de su expedición

¿Quién debe realizarlo?
Personas físicas
Personas morales
Última actualización

2026-06-08 08:43:32